Calidad del Servicio ofrecido por Centros de Conciliación de la Ciudad de Piura y Diseño de una Propuesta de Mejoramiento de la Satisfacción.
Por conciliación se entiende, aquella acción mediante la cual dos posturas encontradas se ponen de acuerdo, y llegan a un arreglo beneficioso para todos, con la ayuda de un tercero neutral e imparcial calificado, denominado: conciliador. Existen varios tipos de conciliación: Conciliación desde el punto de vista del derecho, Conciliación desde el punto de vista de la vida laboral y familiar, Conciliación desde el punto de vista de la religión.
La conciliación, desde el punto de vista del derecho, es un medio alternativo para solucionar conflictos, a través del cual las partes (cada una de las posiciones que pueden haber enfrentadas) resuelven directamente un litigio (controversia jurídica que surge entre dos o más personas) con la intervención o colaboración de un tercero.
En Piura es obligatorio desde el año 2011 el hecho de tratar de llegar a una conciliación antes de poder presentar una demanda judicial, y puede ser la conciliación motivo para dar por concluido un procedimiento judicial.
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